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16-07-2005
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El crimen aconteció el 13 de marzo de 2004 en esta panadería de la calle Martín Azpilikueta de Iruñea. Luis Azanza
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El juez encuentra "motivos ideológicos" en el asesinato de Ángel Berrueta
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha ratificado en la sentencia del "caso Berrueta" que los tres responsables del crimen de este comerciante y miembro de Gurasoak (los dos autores materiales y la mujer que lo provocó) lo mataron "por motivos ideológicos".
Satur Leoz Iruñea
PARTIENDO del veredicto de culpabilidad emitido hace unas semanas por un jurado popular, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra hizo pública ayer la sentencia del "caso Berrueta" por la que se condena a 20 años de cárcel al policía nacional Valeriano de la Peña, que disparó al comerciante pamplonés; a 15 a su hijo Miguel José, que le asestó una puñalada mortal en el hígado; y a 10 a María Pilar Rubio, madre del joven agresor y esposa del agente, al considerarse probado que "cometió un delito de provocación y conspiración del crimen"

El juez aplica al policía el agravante de haber actuado "por motivos ideológicos" y tiene en cuenta "el especial desvalor que supone que tan grave delito haya sido provocado por un servidor público". Es por ello que ha elevado incluso la pena de 19 años requerida por el fiscal.

Por lo que respecta a Miguel José, de 19 años de edad (hijo del agente), el juez le impone 15 años de cárcel. Aunque le considera coautor del crimen, finalmente se beneficia del atenuante del "arrebato, sin olvidar el coeficiente intelectual límite, que nos lleva a ponderar especialmente la atenuación de la responsabilidad". En su caso la petición fiscal fue de 16 años, la de las acusaciones de 18, y la defensa 3 años y nueve meses.

Finalmente la sala ha sido también enérgica con la esposa y madre de los dos autores materiales del crimen. De los testimonios escuchados en el juicio, el juez entiende que ha quedado claro que María Pilar Rubio cometió un delito de provocación, conspiración y proposición del crimen, por lo que procede una condena de 10 años de reclusión mayor. En concreto se ha considerado determinante el testimonio durante la vista de una vecina del inmueble en el que residía la familia De la Peña, que aseguró haber oído gritar a María Pilar el día de autos en la escalera: "¡Vamos a matar a ese hijo de puta!". Va incluso más allá y añade que "la mujer tenía un motivo para proponer tal acción, dada la enemistad con Berrueta y la situación o contexto en que se produjo: la cercanía de los atentados del 11-M en Madrid, la creencia de que la autoría de esas acciones eran obra de ETA y el convencimiento de que Ángel Berrueta era un etarra".

"Les calentó la cabeza"

La sentencia reconstruye con detalle lo acontecido aquel fatídico 13 de marzo de 2004 dos días después de la masacre del 11-M en Madrid, desde que María Pilar bajo a las 13,30 al establecimiento de panadería de Berrueta y le dio un cartel para que lo colocara en la cristalera de la tienda, con la inscripción: "ETA no".

El comerciante y miembro de Gurasoak (colectivo de padres de jóvenes acusados por delitos de kale borroka), agarró el cartel y lo arrojó al suelo, iniciándose una acalorada discusión entre ambos. En el intercambio de insultos, según acreditó el jurado, María Pilar imputó a Berrueta: "Eres un asesino y un etarra".

«En un estado de absoluta sobreexcitación la mujer regresó al domicilio familiar y calentó la cabeza a su marido y también a su hijo, sobre el que ejercía una gran influencia». De poco sirvió al comerciante llamar poco después por el portero automático al domicilio de la familia De la Peña. Sus requerimientos fueron respondidos con nuevos insultos por parte de María Pilar.

Minutos después el policía, su esposa, y el hijo de ambos, se lanzaron acalorados escaleras abajo con intención de acabar con la vida de Berrueta.
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